PARADOJAS de CUBANÓLOGOS
(Inculcar la idea de que levantar las sanciones económicas contra el régimen comunista es bueno para el pueblo cubano: una verdadera pejiguera)
Paradoja: Aserción inverosímil o absurda, que se presenta con apariencias de verdadera.
Inculcar: infundir con ahínco en el ánimo de alguien una idea o un concepto.
Pejiguera: Cosa que sin traernos gran provecho nos pone en problemas y dificultades.
Véase el siguiente escenario, tomado de la vida real: en cierto día otoñal, un concilio internacional aprueba una resolución por 563 votos a favor, 3 en contra, y 4 abstenciones, en cuyo texto se dice lo siguiente:
- Que toma esta decisión “Fuertemente preocupado por la persistencia de las violaciones extremadamente graves de los derechos humanos cometidos por las autoridades” de cierto país,
- Que en determinada fecha pasada el Presidente de los EE.UU. “impuso sanciones económicas” a dicho país “mediante la prohibición de que los ciudadanos de los EE.UU. hicieran nuevas inversiones” allí,
- Que “el mantenimiento por parte de determinadas empresas europeas en ese país y la inversión de las multinacionales...es la principal fuente legal de divisas con que cuenta el régimen”,
- Que está “preocupado por los casos de detenciones...de ciudadanos de dicho país”,
- Que en consideración a ello, “reitera su condena de la dictadura” de ese país y de “todas las violaciones de los derechos humanos cometidas” por el régimen que allí gobierna,
- Que “pide una vez más al Gobierno” de ese país “que garantice los derechos fundamentales del pueblo...que libere a todos los prisioneros políticos detenidos” y que “cumpla con las obligaciones que le incumben como Estado parte del Convenio nº29 de 1930 de la OIT [Organización Internacional del Trabajo] sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación”,
- Que “manifiesta su solidaridad a todas las fuerzas democráticas” del país en cuestión, “que luchan por el establecimiento de un Estado de Derecho y por el respeto de los derechos humanos”,
- Que “reitera su opinión de que las inversiones exteriores directas” en ese país “suponen una importante contribución financiera” para su Gobierno, “pero sin proporcionar beneficios ni siquiera indirectos al pueblo”, por lo que “se felicita por la decisión tomada por diversas empresas europeas y estadounidenses de suspender sus actividades económicas” en ese país, y expresa su deseo de que otras empresas sigan este ejemplo;
- Que pide que se aplique adecuadamente la política sobre “la prohibición de los visados de entrada, el embargo de las ventas de armamento, municiones y equipo militar y la suspensión de los programas de ayuda no humanitaria o de desarrollo...dando por finalizadas todas las actividades de fomento del comercio y prohibiendo la concesión de visados de entrada”;
- Que, finalmente, pide que se llegue “a un acuerdo...de cara a un esfuerzo conjunto para sancionar económicamente” a ese país.
Obviamente, en esta resolución se contiene una fuerte condena de un determinado régimen por sus violaciones de los derechos humanos, un llamamiento a que ese gobierno garantice los derechos fundamentales del pueblo, libere a todos los presos políticos y respete la libertad sindical y el derecho de sindicación, una manifestación de solidaridad con las fuerzas democráticas de aquel país que luchan por un Estado de Derecho y por el respeto de los derechos humanos, una valoración de que las inversiones extranjeras directas benefician de manera importante a aquel régimen pero no proporcionan beneficios (ni siquiera indirectos) al pueblo, el deseo de que las empresas extranjeras suspendan sus actividades económicas allí, la suspensión de los programas de ayuda no humanitaria o de desarrollo, la finalización de todas las actividades de fomento del comercio, y –finalmente- la exhortación a se haga un esfuerzo conjunto para sancionar económicamente a ese país.
¡Condena de la dictadura y de sus violaciones de derechos humanos! ¡Exhortación a la garantía de los derechos fundamentales y petición de excarcelación de los presos políticos! ¡Valoración negativa de las inversiones exteriores directas en ese país dictatorial y deseo de que las empresas extranjeras suspendan sus actividades económicas en él! ¡Llamamiento a un esfuerzo conjunto para imponer sanciones económicas al país en cuestión!
¿Es que hablamos de la aprobación de una resolución por parte de los cuerpos colegisladores de los EE.UU.? No, porque el Senado y el Congreso estadounidense en su conjunto no suman 570 curules (el número de votos registrados en ese evento internacional).
Haciendo un esfuerzo de imaginación y centrándonos en una cierta y concreta causa, ¿es que hablamos de una resolución tomada en un congreso internacional y referida a la situación de Cuba y a su gobierno dictatorial, que ya lleva 48 años ejerciendo el Poder más absoluto? ¿Es la petición colectiva de una reunión de representantes del Exilio Histórico, objeto de las despectivas descalificaciones por parte de quienes preconizan la “mano tendida” al régimen cubano o invitan a la “conciliación” con los verdugos y carceleros, o a la “reconciliación” a base del “borrón y cuenta nueva”, o sea el olvido de todos los crímenes y persecuciones de las últimas casi cinco décadas –conceptos todos escuchados de algunos cubanólogos a lo largo de los últimos años-?
Pues no, no es ése el caso. Esa resolución, cuyas citas textuales aparecen entrecomilladas al comienzo de este análisis, para nada se refiere al régimen cubano (aunque en su texto se condene a la dictadura por su violación de los derechos humanos, se demande la puesta en libertad de los presos políticos, se llame a la suspensión de las actividades económicas de las empresas extranjeras, y se pida la imposición de sanciones económicas).
Se trata, sencillamente, de la Resolución de 25 de octubre de 2007, adoptada por el Parlamento Europeo en relación con el régimen de Myanmar (Birmania). Es decir, que por la comisión de todas esas fechorías el Parlamento Europeo encuentra merecedor al régimen birmano no sólo de condena sino incluso de sanciones económicas. En esa resolución, si donde dice “Myanmar” pusiéramos en su lugar “Cuba”, resultaría que la posición del Parlamento Europeo –órgano de un bloque de países ejemplarmente democráticos, la Unión Europea- resultaría plenamente aplicable al régimen cubano –ya que la conducta de éste encaja de pleno en el espectro de la configuración antidemocrática con la que se tipifica al régimen birmano-.
Si las sanciones económicas constituyen un método válido de condena y de denegación de medios de subsistencia al régimen birmano –estimado como único beneficiario de las inversiones extranjeras directas, que ni siquiera indirectamente benefician al pueblo-, ¿por qué, entonces, las sanciones económicas contra el régimen comunista cubano no son válidas?
Hay quienes admiten que el embargo tiene efectos negativos sobre el régimen cubano, pero están en desacuerdo con esa medida, arguyendo –lo que es válido, aunque sólo en abstractos términos de teoría económica- que el comercio exterior de Cuba debería tener como contraparte mayoritario a los EE.UU. -en atención a los menores costes del transporte internacional de mercancías como resultado de la proximidad geográfica entre ambos países-. Y, como corolario, propugnan el levantamiento por EE.UU. de todas las sanciones económicas contra el régimen cubano. A dichos opinantes, naturalmente, les ampara la presunción de buena fe en sus formulaciones, en cuanto a suponerles -mientras no se aporte evidencia fidedigna de lo contrario- sin nexos, contubernios, ataduras, servidumbres, compromisos, simpatías o simple papanatismo, según el caso, respecto del régimen cubano o respecto de las empresas, del país que sean, carentes de escrúpulos en hacer negocios con regímenes totalitarios.
Con lo cual queda configurada una primera paradoja: ya que las sanciones económicas encarecen el comercio exterior de Cuba, deberían ser levantadas. Pero lo cierto es, como reza un informe elaborado a junio de 2006 por la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en La Habana, que “a pesar del embargo, los EE.UU. se convirtió en el año 2004 en el 4º suministrador de Cuba y vende prácticamente la tercera parte de la totalidad de alimentos que importa el país”.
Los detractores del embargo económico igualmente consideran errónea la apreciación de que las remesas familiares benefician fundamentalmente al Gobierno cubano y no a los ciudadanos de a pie. Aquí tenemos la segunda paradoja: tales analistas estiman, ante el cierre (o la limitación a 300 dólares trimestrales por unidad familiar destinataria, como es el caso actual) de la espita de los envíos de divisas a Cuba desde los EE.UU., que los principales perjudicados son los ciudadanos de pie y los pequeños agricultores, ya que –como ha opinado hace pocos años un profesor de la Universidad de Chicago- “las sanciones alejan recursos de los que se oponen al gobierno”.
Antecedentes: durante muchos años tras la asunción del Poder por el régimen castrista, la tenencia de dólares y de cualquier otra divisa extranjera estuvo tipificada penalmente como un delito. En los años ’90 el régimen permitió dicha tenencia, de manera que sus portadores pudieran hacer compras con ella en las tiendas y otros establecimientos estatales en principio abiertos exclusivamente a los diplomáticos, turistas y empresarios extranjeros. A partir del 8 de noviembre de 2004, el dólar dejó de aceptarse como medio de pago en los establecimientos estatales (éstos, hay que recalcar, son todos los del país, excepto los puntos de venta autorizados de tiempo en tiempo a los agricultores privados, en los pueblos y ciudades, para la expendición al público de productos alimenticios).
Si el gobierno comunista aumentara los salarios, y asegurara la disponibilidad en el mercado a precios racionales y asequibles de los artículos de primera necesidad que requiere la población para disfrutar de un modo de vida digno (estamos hablando de pastas, legumbres, viandas, frutas, carne de res y de ave, pescado, jabón de baño, detergente, ropa modesta pero adecuada, electrodomésticos básicos, materiales para la reparación y el mantenimiento de los hogares, y demás artículos que en cualquier país capitalista constituyen el mínimo para que las familias puedan atender a sus mínimas necesidades cotidianas), entonces no habría necesidad de remesas familiares, ni haría falta un mercado paralelo en CUC (pesos cubanos convertibles) en el que el Estado impone la hipertrofia permanente de los precios de los productos y servicios que se venden -tanto en los establecimientos estatales como en los puntos de venta habilitados para los agricultores privados, en el caso de estos últimos, con costosas licencias de explotación y gravosísimos impuestos- a unos consumidores “cautivos” quienes, al no ver aumentados sus salarios en pesos ordinarios a la velocidad a la que aumentan los precios impuestos por el Estado y no tener más fuentes de suministro que las que establece, permite o regimenta el Estado, dependen efectivamente de la posibilidad de recibir remesas familiares del extranjero, a fin de mitigar la penuria material en la que el régimen les mantiene.
Como los EE.UU. constituyen el único país que aplica sanciones económicas al régimen cubano, la prohibición actualmente vigente en la normativa de ese país que regula las remesas familiares a Cuba (respecto de transferir más de 300 dólares por trimestre a cada hogar o unidad familiar) comprende a todas las personas físicas y organizaciones con la nacionalidad estadounidense, residentes tanto dentro como fuera de los EE.UU., así como a las personas y organizaciones de cualquier nacionalidad situadas físicamente dentro de los EE.UU. (todos los cuales, así, no pueden transferir más de 1,200 dólares al año a un conjunto familiar en Cuba). Siguen quedando fuera del control efectivo del Departamento del Tesoro de los EE.UU. las remesas que procedan de países distintos de los EE.UU. (cayendo por su peso la observación de algún comentarista que ha calificado como “argumento falaz” la exposición del hecho de que quien realmente desea enviar remesas ilimitadas a Cuba lo hace a través de Canadá o Suiza -¿hace falta dar los nombres y direcciones de ésas y de otras compañías, que por cierto se anuncian en Internet, dedicadas al negocio de las remesas familiares a Cuba, y que ejercen dicha actividad al amparo de la normativa legal de los países donde están establecidas y hasta con oficinas físicas en distintas ciudades de Cuba?-).
Ítem más, si en el año 2004 se recibieron en Cuba 1,100 millones de dólares en remesas familiares desde el extranjero, y existe un límite en la legislación estadounidense de 300 dólares trimestrales por unidad familiar destinataria en Cuba, suponiendo que la mayoría de esas remesas procedieran de los EE.UU., entonces un sencillo cálculo aritmético nos dice que tendría que producirse un mínimo de 3.5 millones de remesas anuales, aún estimando el importe de cada una de ellas en el límite trimestral máximo legalmente permitido. Pues bien, el Banco Central de Cuba, a través del cual se procesan esas remesas, percibe una comisión de 23 dólares por cada remesa tramitada, con lo que puede suponerse en un mínimo de ochenta millones de dólares la ganancia del Estado cubano por el mero paso de esas remesas por sus manos., De entrada, el régimen se beneficia de estas remesas en la medida en que percibe una gabela en divisas que deduce directamente del importe original de cada remesa a convertir en CUC (pesos cubanos convertibles) y que le debe proporcionar como mínimo un ingreso de 80 millones de dólares (equivalente a la suma total de exportaciones de productos químicos, combustibles y lubricantes registradas en el año 2004) .
En el nuevo marco del cambio extranjero, para poder comprar en lo que pudiéramos llamar “mercado libre marginal” dentro del país, la población necesita CUC (pesos cubanos convertibles), que es la moneda de contrapartida en la que se convierten los euros, dólares estadounidenses, dólares canadienses, francos suizos o libras esterlinas en que vienen denominadas las remesas que reciben los residentes en Cuba. El régimen se beneficia no menos ciertamente de estas remesas en la medida que el Banco Central de Cuba se queda con las divisas y entrega al destinatario original el contravalor en CUC (disponible en papel moneda y moneda fraccionaria), los que sirven solamente dentro de Cuba para comprar productos y servicios que se dispensan en hoteles (todos, del Estado), taxis del Estado, tiendas especiales (todas del Estado, valga el recordatorio de que estamos hablando sobre un país comunista), restaurantes del Estado, y casas particulares autorizadas para prestar servicios de alojamiento y manutención, o en los agromercados cuyos precios están siempre “inflados” a un nivel de “bolsa negra”). El cubano que no tiene ocasión de recibir remesas monetarias del extranjero debe ir a las Casas de Cambio oficiales (conocidas por su acrónimo, CADECAS), donde puede adquirir cada unidad de CUC a cambio de 24 pesos cubanos “ordinarios” (el salario medio está en torno a los 250 pesos mensuales, el equivalente de 10 euros).
Las sanciones económicas alejan recursos, sobre todo, de los regímenes sometidos a sus efectos. Como las sanciones nunca son acordadas y menos aplicadas universalmente, los destinatarios de ellas (que tienen en todas las épocas el denominador común de estar empeñados en exportar sus esquemas totalitarios a todos los países que puedan) suelen seguir pudiendo hacer rodar la economía del país mediante el recurso al desarrollo de las relaciones económicas (comercio e inversiones) con otros países más lejanos –si son afines ideológicamente y les financian, tanto mejor-. En el actual mundo “unipolar” (sin una URSS dedicada a la subversión mundial, pero también sin perjuicio de que Rusia se muestre muy militante y el islamismo sea un peligro creciente), los regímenes objeto de sanciones, sin un patrocinador próvido, acaban por tener que ajustar su aventurerismo exterior al nivel de los recursos propios.
En el caso de Cuba, el régimen chavista está asumiendo el papel -dejado vacante por los países hoy ex-comunistas del Este europeo encabezados por la URSS- de banquero del cuaima caribeño. El actual régimen venezolano está desempeñando respecto de Cuba el papel que realizó la URSS a ese respecto durante treinta años: echando mano de la riqueza petrolera del país, el chavismo –con guiños al régimen islamista de Irán, para coordinar su financiación del activismo anticapitalista a escala internacional- está en vías de erigirse en centro desestabilizador de las sociedades de América Latina, disponiéndose una vez más el régimen cubano (antes, al son del comunismo ortodoxo aprendido de la URSS; ahora, con Venezuela, difundiendo el comunismo con verborrea populista, que es lo que entraña el “socialismo del siglo XXI” utilizado como espejismo por Chávez) a ser el instrumento ejecutor consciente y “volente” de esa política disruptiva de la convivencia tanto de las sociedades nacionales como de la comunidad internacional –en especial, en la América Latina-
Según un estudio de la Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en La Habana, en el año 2004 las importaciones cubanas de mercancías ascendieron a 5,549 millones de dólares y las exportaciones sumaron 2,180 millones de dólares. De las importaciones, el 23.6 por ciento fue para adquirir combustibles y lubricantes; maquinaria y elementos de transporte; el 21.9 por ciento; alimentos y animales, el 18.8 por ciento; otras manufacturas, 22.5 por ciento; productos químicos, el 9.7 por ciento; materias primas, el 3.1 por ciento; y bebidas y tabaco, el 0.5 por ciento. De las exportaciones, el 50.6 por ciento correspondió a materias primas, alimentos y animales, el 21.1 por ciento; bebidas y tabacos, el 11.2 por ciento; otras manufacturas, el 11.8 por ciento; maquinaria y elementos de transporte, el 2.4 por ciento; productos químicos, el 2.4 por ciento; y combustibles y lubricantes, el 0.6 por ciento.
Entre los principales proveedores de Cuba en el año 2004, Venezuela ya era el principal suministrador (20.3 por ciento de las importaciones) por razón de sus suministros de petróleo crudo, seguido por España (11.4 por ciento), China (10.5 por ciento), EE.UU. (9.3 por ciento), Italia (4.8 por ciento), Canadá (4.6 por ciento), México (4.4 por ciento) y Brasil (3.2 por ciento).
Entre los principales clientes de Cuba, en 2004 los Países Bajos ya encabezaban la lista (29.4 por ciento de las exportaciones), seguidos por Canadá (22.4 por ciento), Venezuela (10.2 por ciento), España (8 por ciento), Rusia (7.3 por ciento), China (3.7 por ciento) y Brasil (2.2 por ciento).
En 2004, a la balanza comercial desfavorable de 3,063 millones de dólares (el exceso de las importaciones sobre las exportaciones) se le añadieron los pagos de deuda exterior (800 millones). Ese déficit cercano a los 3,860 millones de dólares fue financiado en ese año por los ingresos turísticos (2,113 millones USD), los ingresos por remesas recibidas del extranjero –las “remesas familiares”- (aproximadamente 1,100 millones USD), y las inversiones extranjeras (800 millones de dólares), dejando en la balanza de pagos anual un saldo favorable en torno a los 150 millones USD.
La eliminación del descalabro económico existente en Cuba, por ser a su vez el resultado directo del descalabro político-social que ha entrañado el sojuzgamiento de Cuba a la coyunda comunista -con toda su estela de desincentivación personal e ineficiencia productiva- solamente podrá tener lugar con la desaparición de la Tiranía y de la ideología que la nutre y sustenta. Ni siquiera un hipotético levantamiento de las sanciones económicas por parte de los EE.UU. conduciría a otra cosa, dada la naturaleza raigalmente antidemocrática de la sociedad comunista, que al mayor enriquecimiento de la nomenklatura gobernante, mientras la población seguiría en el desproveimiento material y moral.
Es hora de dejar de calificar como irracional a las políticas vigentes sostenidas por EE.UU. con vista al aislamiento económico del régimen cubano (porque lo que el Parlamento Europeo predica como bueno contra el régimen birmano debe ser igualmente bueno contra el régimen cubano ¿o es que hay dobles raseros, uno para el caudillismo semifeudalista asiático y otro para el caudillismo comunista caribeño –castrista y chavista-?). Es también la hora de dedicar la energía -que algunos cubanólogos emplean en paradojas y pejigueras- a condenar vivamente al régimen cubano y a unirse a la demanda universal de su desaparición, y de la instauración de la alborada democrática en Cuba.
Roberto Soto Santana © 2007.
En torno a la necesidad de instaurar un espíritu cívico entre los cubanos
(Análisis y crítica de las distintas actitudes políticas del Exilio)
I. LA JUNTA PATRIÓTICA CUBANA
La JPC quedó constituida en 1980 bajo la inspiración de Manuel Antonio de Varona, procedente de las filas del PRC(A) -Partido Revolucionario Cubano Auténtico-. Primer Ministro (1948-1950) y después Presidente del Senado (1950-1952) durante la Presidencia de la República por el Dr. Prío Socarrás (1948-1952), fue uno de los promotores de la formación de la fuerza expedicionaria encargada del desembarco en Bahía de Cochinos (invasión conocida dentro de Cuba con el nombre de Playa Girón), y hasta su fallecimiento en 1993 un abanderado de la mayor unidad posible dentro de las filas del Exilio cubano, siempre a condición de que no se abdicara de los principios.
En el cargo de responsabilidad cimera de la JPC vino a suceder al Dr. Manuel A. de Varona el Dr. Roberto Rodríguez de Aragón, quien durante una larga tenencia -de casi diez años- hubo de desempeñar sus funciones con dignidad, rectitud y altura de miras ejemplares con vista a la consecución de las metas inalterables de sus órganos colegiados de gobierno: la unidad de acción de las distintas organizaciones y personalidades, por encima de la diversidad de enfoques y la pluralidad de soluciones para el problema de la instauración de las libertades en Cuba, con una única condición necesaria, como requisito innegociable para conjuntar voluntades e ir hombro con hombro: la coincidencia en la descomunización de la sociedad, la recuperación de la memoria histórica, y el rechazo a toda componenda con los responsables de crímenes, desmanes y atropellos de cualquier clase como personeros del régimen comunista o a su amparo. En la XXII Convención Anual de la JPC, celebrada en mayo de 2002, el Arquitecto Felipe Fontanills Miguel ha sido elegido como nuevo Presidente de su Dirección Internacional.
La tarea cotidiana del mantenimiento de la llama patriótica, del rechazo y la resistencia a la tiranía y del anhelo del logro de la libertad para el disfrute de todo nuestro pueblo, hoy aherrojado o desterrado, muchas veces pasa inadvertida o incluso queda no reconocida. Pero nunca es ingrata, puesto que el sentido del cumplimiento del deber queda satisfecho, si no con el resultado maximalista que uno quisiera por lo menos con la meta de sostener viva la denuncia y llegar a mover voluntades a nuestro favor a través del desenmascaramiento del régimen. Dedicación en la que tiene tanto mérito no desfallecer como mantener una imagen de seriedad (es decir, exenta de retórica vacía y de posiciones personalistas). En el mantenimiento de ese talante, puede a veces parecerse inflexible y acaso hasta intolerante. Es preferible esto, incluso, a parecer ambiguo, tambaleante en las convicciones o dispuesto a deshonrosas componendas e indignas transacciones.
Tal es la enseña que la JUNTA PATRIÓTICA CUBANA viene enarbolando, a la vez que internamente da ejemplo de verdadero sentimiento democrático, procurando contar en todo momento con las opiniones, las impresiones y los puntos de vista de las Delegaciones a todo y ancho de los EE.UU. y en varios otros puntos del mundo, ya que entre todas se contribuye a perfilar la actitud conjunta que la Dirección adopta ante cada acontecimiento y cada situación.
A fines de agosto de 1997, con vista a una reacción ante el documento preparatorio del V° Congreso del Partido Comunista de Cuba (PCC), y encontrando inspiración en el señalamiento que hacía la Presidencia de la JUNTA en su comunicación del 16 de julio de ese año, y la opinión adoptada unánimemente por la Comisión reunida en la noche del día 15 de julio, respecto de la tónica que el documento-respuesta de la Junta debería tener, la Delegación en España de la Junta Patriótica Cubana trasladó a la Presidencia, para su consideración, los siguientes puntos:
1° La ilegitimidad y ajuridicidad de un congreso partidista, aún dentro del marco de legalidad dentro del cual alega actuar el régimen comunista, para orientar, como reclama y proclama, todas las actividades sociales en Cuba.
El I Congreso del PCC, celebrado en 1975, aprobó la División Político Administrativa (DPA) del país, estableciendo la actual división en 14 provincias. En la Resolución que aprobó dicho Congreso relativa al llamado "perfeccionamiento de la DPA del país", se estableció como premisa que "en la nueva sociedad, el Estado, bajo la orientación del Partido, ejerce la dirección, el control y la planificación de todas las actividades sociales."
En dicha fecha ni siquiera había sido proclamada la Constitución de 1976, y regía, por lo menos en el papel, la llamada Ley Fundamental de 7 de febrero de 1959 (publicada en la edición extraordinaria de la Gaceta Oficial de la misma fecha), cuyo artículo 4 respetaba la división del territorio en las seis provincias con la denominación tradicional, y el artículo 200 del Título XIV así como la Disposición Transitoria promulgada para dicho Título mantenía las disposiciones legales reguladoras del Gobierno Provincial.
Incluso en el plano puramente legalista, la Ley Fundamental de 1959 por la que el régimen decía en 1975 todavía regirse no otorgaba ni reconocía a ningún Partido (en verdad, al único permitido, el Comunista) la orientación o dirección del Estado.
No fue hasta casi diez años después, al dictar el Consejo de Estado el Decreto-Ley 82 de 1984 "sobre el sistema de trabajo con los cuadros del Estado", cuando se otorgó una vestidura normativa al control de facto que el Partido Comunista venía ejerciendo sobre "los cuadros del Estado, la administración y las empresas" (conceptos éstos vertidos por Fidel Castro en el Informe Central al III Congreso del PCC y que figuran en la página 96 del mismo, publicado por la Editora Política en La Habana en 1986).
El régimen castrocomunista se empecina en estorbar el desarrollo de la sociedad civil emergente que pugna por reclamar el ejercicio de los Derechos civiles y políticos fundamentales, a través de las incipientes organizaciones que han ido surgiendo en los últimos años y a las que se les niega incluso el reconocimiento al amparo de la vigente Ley de Asociaciones promulgada por el propio régimen.
2° Posición de la JPC en relación con los propósitos declarados del Partido Comunista.
El régimen hace patente claramente su intención de mantener el monopartidismo, persistir en lo que llama "rumbo socialista", intensificar la represión (eufemísticamente definida como un llamamiento a combatir "toda desidia, todo despilfarro, toda actitud burocrática, toda tolerancia con el robo de materias primas y artículos"), y postular desembozadamente "la obligación insoslayable de fortalecer nuestra unión y la voluntad de resistir, y multiplicar nuestros esfuerzos en todos los terrenos", agitando como ya es obligado en sus discursos sofísticos el argumento con el que lleva más de cuarenta años intentando justificar todas sus represiones: "el peligro de una agresión militar no ha desaparecido...no debemos descuidarnos ni un instante, y mantener sólida nuestra defensa".
La Delegación en España estimó oportuno señalar su creencia en que, como respuesta a tales planteamientos del Partido Comunista, sería más que apropiada una reiteración de los puntos señalados como 1, 2, 3 y 4 en la Declaración de 18 de diciembre de 1996 aprobada unánimemente por la Dirección Nacional de la JPC.
Hay que señalar que en la Declaración del 18 de noviembre de 1996 de la JPC existe un punto número 5, en el que se advierte que, ante la contumacia del dictador en mantenerse en el poder, no habría otra salida que la violencia, con su secuela de destrucción y muerte, dificultando todavía más -como es evidente- la reconciliación nacional.
Las posiciones ya establecidas por la Dirección de la JPC por cuyo sostenimiento abogaba la Delegación en España eran, y siguen siendo en la actualidad, las siguientes:
1.- Establecimiento de un sistema democrático con pluralidad de partidos políticos, para la celebración de elecciones por voto directo y secreto en corto plazo, con la supervisión de organismos internacionales.
2.- Para lograr los cambios deseados preferimos los procedimientos pacíficos. Un clima de paz y confianza pública no podría alcanzarse con la presencia de Fidel Castro y la cúpula gobernante en el Poder y los organismos de represión de la Seguridad del Estado.
3.- A fin de lograr lo señalado, se reitera este itinerario cívico, político e institucional:
a) Gobierno de transición basado en la Constitución de 1940 con las enmiendas necesarias para la Provisionalidad, que deberá convocar a elecciones para una Asamblea Constituyente a la mayor brevedad posible, en todo caso dentro de los 24 meses siguientes a la institución de dicho Gobierno de transición.
b) Amnistía para todos los presos políticos (incluyendo los que, teniendo tal condición, purgan condena por supuestos "delitos comunes").
c) Facilidades para el regreso a Cuba de los compatriotas del Destierro, con la automática restitución de la ciudadanía, derechos de sufragio activo y pasivo y otros atributos cívicos de los que hubieran sido despojados o estuviesen privados por razón de su exilio.
d) Instauración inmediata de todas las libertades, especialmente y en primer lugar las de opinión y expresión, en particular a través de los medios de comunicación, hoy todos en poder y al servicio exclusivo del gobierno, y la devolución a sus legítimos propietarios -como gesto singular de importancia significativa en la implantación de un libre juego político en el país y de una libre información a la ciudadanía- de aquellas instalaciones de difusión de la información y de la opinión (impresa o gráfica, radial o televisiva, y de cualquier otro género) que estén en condiciones de utilización, arbitrando las medidas de emergencia que fueren necesarias para que los legítimos voceros de opinión des- poseídos en su día y cuyas instalaciones hayan sido destruidas puedan volver a ejercer su sagrado oficio informativo a través de otras instalaciones provisionales y sin perjuicio de la solución definitiva que el legislador arbitre en el futuro para cada caso particular.
4.- La JPC, como parte de la verdadera oposición al castro comunismo, discutiría las bases que consoliden el proceso. Esas negociaciones tendrían que estar presididas por un organismo neutral, sin la presencia de los que han sido causantes de los males políticos, sociales y económicos de Cuba desde los cargos rectores de los órganos de represión y ejecución del aparato partidista y estatal, incluidas las llamadas "organizaciones de masas".
5.- La JPC persevera en apelar al patriotismo de todos los cubanos, tanto los de la Isla como los del Destierro, y a la conciencia del mundo libre, para llevar adelante los puntos señalados en esta declaración, que es un esbozo de programa para la transición ordenada pero firme, sincera y definitiva hacia la devolución de la libertad al pueblo de Cuba, sin caer en arreglos y componendas que prolonguen su opresión (con la continuación del fidelato con otros nombres), la inobservancia de los Derechos Humanos y la destrucción total de la Nación cubana.
Si repasamos las detalladas "Recomendaciones del Foro en Apoyo al Futuro Cubano", formuladas en noviembre de 1994 por el Colegio de Abogados de La Habana en el Exilio, encontraremos señalamientos tales como
- la anulación de la Constitución Socialista (también ésta sería una consecuencia tácita de la adopción de un texto basado en la Constitución de 1940 como base para la actuación del Gobierno de transición);
- la disolución de todos los cuerpos policiales existentes (sería presumible éste fuera uno de los primeros actos del Gobierno de transición);
- la derogación o declaración de nulidad de todas las normas "legales" o con apariencia legal que hayan institucionalizado y legitimado los órganos gubernativos a todos los niveles, desde el llamado Poder Popular (Asamblea Nacional, Asambleas Provinciales, Asambleas Municipales) hasta el último órgano judicial (esta medida también será con toda seguridad una de las que tomase el Gobierno de transición en funciones, en el desmantelamiento del aparato represivo);
- decisiones sobre devolución, compensación o indemnización, o privatización de bienes confiscados o sencillamente destruidos o transformados hasta hacer desaparecer su forma original, sin posibilidad de recuperación (habría que suponer que esta formidable tarea la emprendiese el cuerpo legislativo en sede Constituyente).
En los anuncios de una inmediata o próxima salida violenta de la tiranía, no alcanza a verse qué sentido práctico tienen, cuando no hay elementos reales que permitan vislumbrar la posibilidad de esa solución. ¿Acaso hay razones de peso para esperar la repetición, esa vez exitosa, de gestos gallardos como el del destacado dirigente de la JPC Ernestino Abreu Horta, ahora en la ergástula castrista? ¿Acaso se cuenta con el tiranicidio y un consiguiente alzamiento popular? Es de advertir que al cubano promedio de la Isla, a juzgar por la forma en que se pronuncian y comportan los que tienen la oportunidad de arribar y quedarse en España, lo que le preocupa no es ni siquiera la falta de derechos humanos sino la situación de penuria para la pura supervivencia que lleva años acentuándose. Los héroes entre los pueblos, y el cubano no es una excepción, se cuentan y han contado siempre (en 1868, en 1895, en 1933, en la clandestinidad y el presidio del castrismo) por puñados pero no por multitudes. Siempre insistiendo, claro está, en las excepciones (que confirman la regla) tales como los abogados de la Corriente Agramontista, los periodistas independientes y otros opositores y disidentes sinceros. Por lo tanto, la previsibilidad de una solución apocalíptica (es decir, alzamiento popular, derrocamiento del régimen, ajusticiamiento de quienes tienen las manos manchadas de sangre, etc.) es muy débil.
También está la cuestión, que no es mencionada muy a menudo en los artículos periodísticos y declaraciones públicas de organizaciones y agrupaciones de exiliados, pero que estamos seguro está en la mente de todos, de la abultada cifra de cómplices menores (relativamente hablando) que tienen conciencia de haberlo sido (y aún hoy en día de seguirlo siendo) a través de su militancia en los Comités de Defensa de la Revolución, las Milicias, y otros empleos y responsabilidades que implican tareas de vigilancia y delación, y participación en la represión general (analogía: ¿dónde se metieron los 4 millones de miembros de fila del partido Nazi cuando se acabó la II Guerra Mundial? Y, aunque se les hubiera pedido cuentas a todos y cada uno, ¿se hubiera tenido la intención de castigar como se merecía a cada uno de ellos que había tenido parte probada en algún delito contra el derecho de gentes, o simplemente de denuncia falsa?). El anuncio de la mera posibilidad de una solución violenta haría dudar a tales sujetos de la muy probable impunidad de la que muchos de ellos lamentablemente es muy probable acaben disfrutando, ante la inviabilidad material de que TODOS los culpables conscientes reciban su merecido. Ante ese peligro, seguirían apoyando y trabajando activamente por el régimen, en vez de ir cayendo en una situación cada más pasiva y de abandono de sus tareas represivas, que es lo que conviene al cubano de la Isla, a quien las exquisiteces de libro de texto sobre la antijuridicidad del acto y la responsabilidad y punibilidad del infractor le tienen bastante sin cuidado. Lo que apuntamos en este sentido, aunque se trata de un razonamiento de nuestra propia cosecha, ha tenido expresión análoga en un coherente artículo firmado por el Dr. Nunzio Mainieri, en la página 12 del número 267 del año 1995 de la revista IDEAL (publicada en Miami por la Christian Commitment Foundation) ¡No hay nada nuevo bajo el Sol!
Y, finalmente, está la actitud de los gobiernos extranjeros que se nos muestran favorables, de los que no podemos esperar otra cosa que las medidas de progresiva indiferencia de las Administraciones estadounidenses (que padecen de un entibiamiento recurrente, combatido por las organizaciones que como la JPC velan en todo momento por que el régimen de Castro permanezca todo lo más aislado que sea posible y, si es posible, cada vez más) y los gestos de apoyo retórico de la mayor parte de los regímenes democráticos de Latinoamérica y España (que a veces se concretan, por ejemplo, en el logro del condicionamiento por parte de la Unión Europea a los tratos con el régimen castrista, aunque en atención al escándalo internacional levantado por las violaciones de los Derechos Humanos por el régimen, no por sus juicios sobre la moralidad del flujo de inversiones y comercio hacia un régimen tiránico).
Esos gobiernos verían con agrado la desaparición del castrocomunismo, al que ven y califican públicamente como un dinosaurio político. Pero quieren que esa desaparición se haga sin perturbaciones ni estragos (como consecuencia, por ejemplo, de sabotajes, motines, etc.) que pongan en peligro las inversiones y el comercio que las empresas de sus países han establecido en pactos con el régimen, o que desalienten la fuente de sus ingresos (por ejemplo, las empresas extranjeras que han invertido en el sector turístico y que se verían afectadas si ante una situación de violencia, por poco duradera o destructiva que fuera, la corriente de visitantes a la Isla se secara o cuando menos disminuyera considerablemente).
A la vista de todas estas consideraciones, en la Declaración Final de su XII Convención, aprobada en Miami (Florida) el 26 de mayo de 2002, la JUNTA PATRIÓTICA CUBANA ha reiterado, por boca del nuevo Presidente de su Dirección Internacional, el Arquitecto Felipe Fontanills Miguel, "los principios por los cuales fue fundada en el año 1980, que son: el derrocamiento de la tiranía castro-comunista, la eliminación del Partido Comunista de Cuba, la derogación de la Constitución de 1976, modificada en el 1992 y la reinstauración de la Constitución de la República de Cuba del 1940, tanto en el período que regirá durante el Gobierno Provisional después del derrocamiento de la tiranía así como durante el período electoral -no mayor de 24 meses- en cuyos comicios serán electos el Presidente y el Poder Legislativo".
EL RÉGIMEN CUBANO ante LA COMISIÓN INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS
por Roberto Soto Santana
EL SISTEMA INTERAMERICANO
La 9ª Conferencia Internacional Americana se celebró en Bogotá entre el 30 de marzo y el 2 de mayo de 1948. Su resultado más significativo fue la aprobación de la Carta constitutiva de la OEA (Organización de Estados Americanos). La Carta entró en vigor el 13 de diciembre de 1951. Aquella Conferencia aprobó un total de cuarenta y seis resoluciones, entre ellas la que promulgó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
LA DECLARACIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
En su preámbulo, la Declaración proclama que "todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos". Esta expresión se hace eco del concepto que figura en la Declaración de Independencia norteamericana (del 4 de julio de 1776, en cuanto ésta también mantiene que todos los hombres son creados iguales) si bien no llega a equipararse en su contenido textual -aunque sí en su significado- al artículo 1 de la Declaración francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano (adoptado por la Asamblea Nacional el 26 de agosto de 1789, en cuanto que en ese documento sí se afirma que los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos).
En su texto, la Declaración, considerando que "la protección internacional de los derechos del hombre debe ser guía principalísima del derecho americano en evolución", reconoce expresamente los derechos a la vida, la libertad, la seguridad e integridad de la persona; de igualdad ante la Ley; de libertad religiosa y de culto; de libertad de investigación, opinión, expresión y difusión; de protección a la honra, la reputación personal y la vida privada y familiar; a la constitución y a la protección de la familia; de protección a la maternidad y a la infancia; de residencia y tránsito; a la inviolabilidad del domicilio; a la inviolabilidad y circulación de la correspondencia; a la preservación de la salud y al bienestar; a la educación; a los beneficios de la cultura; al trabajo y a una justa retribución; al descanso y a su aprovechamiento; a la seguridad social; de reconocimiento de la personalidad jurídica y de los derechos civiles; de recurso a los tribunales de justicia; a la nacionalidad y al cambio de ella; de sufragio y de participación en el gobierno; de reunión; de asociación; de propiedad; de petición; de protección contra la detención arbitraria; a la presunción de inocencia y a un proceso regular; y de asilo.
LA DECLARACIÓN de SANTIAGO de CHILE
La Quinta Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores de los países miembros de la OEA, celebrada en agosto de 1959. acordó crear una Comisión Interamericana de Derechos Humanos "encargada de promover el respeto de tales derechos", cuya organización quedaba encomendada al Consejo de la OEA, e investida de las atribuciones específicas que éste le señalase. La Comisión comenzó a funcionar en octubre de 1960.
Por otra parte, la reunión santiaguina de Cancilleres aprobó una Declaración de ocho puntos en la que se enunciaban, sin carácter exhaustivo, algunos principios del sistema democrático del continente americano: el imperio de la Ley; la independencia de los Poderes; la legitimación de los gobiernos a través de elecciones libres; la incompatibilidad de la perpetuación en el poder, o el ejercicio del poder sin plazo determinado, con el ejercicio efectivo de la democracia; el mantenimiento por los gobiernos de un régimen de libertad individual y de justicia social en el respeto de los derechos humanos fundamentales; la protección de los derechos humanos por medios judiciales eficaces; la condena del uso sistemático de la proscripción política; la libertad de información y expresión; y la cooperación entre los Estados americanos en la consolidación y desarrollo de su estructura económica, con el fin de conseguir justas y humanas condiciones de vida para sus pueblos, y con ello fortalecer sus instituciones democráticas.
EL ESTATUTO DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA de DERECHOS HUMANOS (CIDH)
El Estatuto inicial se aprobó el 25 de mayo de 1960. Rigió hasta 1965, cuando lo modificó la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, en Río de Janeiro. La CIDH fue elevada a la categoría de órgano principal de la OEA por el artículo 51 de la nueva Carta de la OEA, aprobada por el Protocolo de Buenos Aires de 1967. El artículo 150 de la nueva Carta le confió a la Comisión la "función de velar por la observancia de tales derechos" mientras no entrara en vigor la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Un nuevo Estatuto de la Comisión fue aprobado por la Asamblea General, en su Noveno Período Ordinario de Sesiones, celebrado en La Paz (Bolivia), en octubre de 1979: en él se define a la CIDH como "un órgano...creado para promover la observancia de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia".
LA CONVENCIÓN AMERICANA sobre DERECHOS HUMANOS
Fue firmada en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, que había sido convocada por el Consejo de la OEA. La Convención entró en vigor el 18 de julio de 1978. Los Estados que forman parte de la misma son Argentina, Barbados, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela.
En su texto, la Convención no sólo confirma el reconocimiento de los derechos civiles y políticos enumerados en la Declaración Americana de Derechos Humanos, sino que hace un catálogo más detallado de los mismos e incluso añade otros derechos y algunos principios jurídicos que explícitamente no se mencionan en aquella Declaración: la prohibición expresa de torturas y tratos degradantes, así como de la prisión por deudas; los derechos procesales de provisión gratuita de traductor e intérprete, comunicación previa y detallada de la acusación al inculpado, y la concesión al mismo de tiempo y medios adecuados para la preparación de su defensa; los principios de legalidad y retroactividad de efecto favorable; la indemnización por error judicial; los derechos de rectificación y respuesta; el derecho al nombre; y los derechos del niño.
LA ACTUAL PERTENENCIA del Régimen Cubano al SISTEMA INTERAMERICANO,
SU RELACIÓN con la CIDH y los INSTRUMENTOS SOBRE DERECHOS HUMANOS
La 8ª Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, actuando como Organo de Consulta en Aplicación del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, reunida en Punta del Este (Uruguay) del 22 al 31 de enero de 1962, resolvió "Que la adhesión de cualquier miembro de la Organización de Estados Americanos al marxismo-leninismo es incompatible con el Sistema Interamericano y el alineamiento de tal Gobierno con el bloque comunista quebranta la unidad y solidaridad del Hemisferio", por lo que "esta incompatibilidad excluye al actual Gobierno de Cuba de su participación en el Sistema Interamericano".
El actual Gobierno de Cuba, por ende, está excluído de la OEA (es decir, no se admite su carácter representativo del Estado cubano como miembro de la OEA) desde enero de 1962, pero no lo está la República de Cuba en cuanto Estado. Porque la Carta fundacional de la OEA, aprobada en Bogotá en 1948 y vigente en 1962, definía como miembros de la Organización a "todos los Estados Americanos que ratifiquen la presente Carta" -y no a sus Gobiernos-. Y porque, aunque en la llamada Segunda Declaración de La Habana (del 5 de febrero de 1962) se hace alusión a la "expulsión" de Cuba de la OEA -implicando que se le había echado como país-, lo cierto es que únicamente había sido excluído "su actual Gobierno". Tampoco el "actual Gobierno de Cuba" ha declarado nunca, expresa y terminantemente, que considera que el Estado cubano haya dejado en algún momento de ser miembro de la OEA; ni en el acto fundacional expresó reservas de ninguna clase (lo que sí hicieron Guatemala, Perú y los EE.UU.); ni ha dado preaviso alguno de denuncia de la Carta de la OEA.
Como miembro de la OEA (aunque sin representación al haber sido excluído "su actual Gobierno"), pero no signataria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos alumbrada por el Pacto de San José de 1969, a Cuba le sigue siendo aplicable la Carta Reformada de la OEA, está obligada a la protección de los derechos contenidos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre del Pacto de Bogotá de 1948, y está sujeta a la competencia de la CIDH (Comisión Interamericana de Derechos Humanos) creada por la Reunión de Consulta de agosto de 1959.
Curiosamente, los EE.UU. tienen una situación diferente en el aspecto más importante pero análoga en lo demás: SÍ son miembros con representación en la OEA, pero NO son Parte de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, por lo que igualmente están obligados sólo por la Declaración de Derechos de Bogotá, si bien se encuentran igualmente sujetos a la competencia de la CIDH.
El periodista y concejal del Ayuntamiento de La Habana Victor Muñoz, célebre por su columna diaria “Desde el Capitolio”, fue el autor de una serie de frases inspiradas –que han pasado a formar parte del léxico deportivo habitual- relativas a la denominación de facetas y situaciones del juego de béisbol, tales como “serpentinero” (el lanzador o “pitcher”), “torpedero” (el defensor del campo corto o “short stop”), “ponche” (el resultado de que un jugador en su vez al bate deje pasar tres lanzamientos del “pitcher” sin poder conectar con la pelota, y en consecuencia es declarado “out” o fuera de juego), “abanicar” (la acción del jugador al bate de intentar conectar con la pelota lanzada por el “pitcher” contrario, y no lograr conectar con ella –por lo que “abanica” el aire por donde pasa el bate-), “la esquina caliente” (la tercera base del equipo a la defensiva en el campo de juego), y “la almohadilla de las angustias” (la primera base)
También estableció el uso de la palabra “botellero” para referirse a la persona que obtenía un nombramiento como empleado público y cobraba sus retribuciones sin ir a realizar ningún trabajo efectivo –ni siquiera iba al centro o lugar de trabajo, excepto el día de cobro de los haberes-.
Su legado más recordado, sin embargo, fue la implantación de la celebración anual del Día de las Madres en Cuba, el segundo domingo del mes de mayo.
El Dr. Rafael Díaz-Balart ha fallecido en la ciudad de Miami el 6 de mayo de 2005, a los 79 años de edad, a causa de una leucemia.
Era Doctor en Derecho por las Universidades de Oriente (Cuba) y Complutense (Madrid). Ejerció como Abogado y Notario en la ciudad de La Habana.
Fue subsecretario del Ministerio de Gobernación de 1952 a 1954 y representante a la Cámara de 1954 a 1958, que presidió y en la que fue Líder de la Mayoría. En 1958 fue elegido Senador de la República.
En el exilio, fundó en el mismo año 1959 la primera organización anticastrista, la Rosa Blanca, y posteriormente fue un renombrado comentarista político en las emisoras radiofónicas WAQI Radio Mambí y WQBA, y en prensa y televisión..
Fue cónsul de Costa Rica en Sao Paulo (Brasil) de 1978 a 1980 y asesor del presidente de Costa Rica entre 1990 y 1994.
Sus cuatro hijos (Rafael, Lincoln, José y Mario) han seguido todos destacadas carreras profesionales. Mario y Lincoln son actualmente miembros del Congreso Federal, en representación del Estado de la Florida.
A raíz de su fallecimiento, su hijo Lincoln manifestó acerca de su padre que “fue mi maestro constante y mi mejor amigo. Me enseñó cómo vivir, y ahora me ha enseñado cómo morir. Lo extrañaré por su brillantez y sabiduría, su extraordinaria generosidad de espíritu, su amor ilimitado por su familia, y sobre todo por su supremo amor por Cuba. Su muerte en el exilio constituye otro motivo más para continuar la lucha por la libertad de Cuba, que fue el ideal de su vida, y el de tantos otros cubanos que han muerto anhelando a Cuba Libre".
Díaz-Balart era hermano de Mirta Díaz-Balart, quien estuvo casada con Fidel Castro y fue madre de su hijo mayor, Fidel Castro Díaz-Balart. Por cierto, que este hijo de Fidel Castro asistía regularmente durante su infancia a los servicios religiosos dominicales del templo de la Iglesia Metodista sito en la esquina de Virtudes e Industria, en La Habana. Aún es recordado por los asistentes de aquella época a dicha Iglesia como “un niño rubito, muy mono”, a quienes todos llamaban “Fidelito”.
Díaz-Balart fue el congresista cubano más joven en la década de los 50. Fue sonada en su época la alocución que pronunció en el hemiciclo de la Cámara de Representantes para oponerse a la amnistía decretada en 1955 a favor de Fidel Castro y sus compañeros del asalto al Cuartel Moncada perpetrado el 26 de julio de 1953 en Santiago de Cuba, quienes habían sido condenados a quince años de prisión por aquellos hechos.
A continuación, el texto del
discurso de Rafael Díaz-Balart ante la Cámara de Representantes de la República,
en el Capitolio Nacional cubano en 1955:
Discurso contra la amnistía en 1955
“Tiene la palabra el doctor Rafael Díaz-Balart, líder de la mayoría parlamentaria del Congreso de la República de Cuba.
Señor presidente y señores representantes:
He pedido la
palabra para explicar mi voto, porque deseo hacer constar ante mis compañeros
legisladores, ante el pueblo de Cuba y ante la historia, mi opinión y mi actitud
en relación con la amnistía que esta Cámara acaba de aprobar y contra la cual me
he manifestado tan reiterada y enérgicamente.
No me han convencido en lo más mínimo los argumentos de la casi totalidad de esta Cámara a favor de esa amnistía. Que quede bien claro que soy partidario decidido de toda medida a favor de la paz y la fraternidad entre todos los cubanos, de cualquier partido político o de ningún partido, partidarios o adversarios del gobierno. Y en ese espíritu sería igualmente partidario decidido de esta amnistía cualquier o de cualquier otra amnistía.
Pero una
amnistía debe ser un instrumento de pacificación y de fraternidad, debe formar
parte de un proceso de desarme moral de las pasiones y de los odios, debe ser
una pieza en el engranaje de unas reglas de juego bien definidas, aceptadas
directa o indirectamente por los distintos protagonistas del que se esté
viviendo en una nación.
Y esta
amnistía que acabamos de votar desgraciadamente es todo lo contrario. Fidel
Castro y su grupo han declarado reiterada y airadamente desde la cómoda cárcel
en que se encuentran, que solamente saldrán de esa para continuar preparando
nuevos hechos violentos, para continuar utilizando todos los medios en la
búsqueda del poder total a que aspiran. Se han negado a participar en todo
proceso de pacificación y amenazan por igual a los miembros del gobierno que a
los de la oposición que deseen caminos de paz, que trabajen en favor de
soluciones electorales y democráticas, que pongan en manos del pueblo cubano la
solución del actual drama que vive nuestra patria.
Ellos no
quieren paz. No quieren solución nacional de tipo alguno, no quieren democracia
ni elecciones ni confraternidad.
Fidel Castro y
su grupo solamente quieren una cosa: el poder, pero el poder total, que les
permita destruir definitivamente todo vestigio de Constitución y de ley en Cuba,
para instaurar la más cruel, la mas bárbara tiranía, una tiranía que enseñará al
pueblo el verdadero significado de lo que es la tiranía, un régimen totalitario,
inescrupuloso, ladrón y asesino que sería muy difícil de derrocar por lo menos
en veinte años.
Porque Fidel
Castro no es más que un psicópata fascista, que solamente podría pactar desde el
poder con las fuerzas del comunismo internacional, porque ya el fascismo fue
derrotado en la Segunda Guerra Mundial, y solamente el comunismo le daría a
Fidel el ropaje seudoideológico para asesinar, robar, violar impunemente todos
los derechos y para destruir en forma definitiva todo el acervo espiritual,
histórico, moral y jurídico de nuestra República. Desgraciadamente hay quienes,
desde nuestro propio gobierno, tampoco desean soluciones democráticas, y
electorales, porque saben que no pueden ser electos ni concejales en el más
pequeño de nuestros municipios.
Pero no
quiero cansar más a mis compañeros representantes. La opinión pública del país
ha sido movilizada en favor de esta amnistía. Y los principales jerarcas de
nuestro gobierno no han tenido la claridad y la firmeza necesarias para ver y
decidir lo más conveniente al Presidente, al gobierno y, sobre todo, a Cuba.
Creo que están haciéndole un flaco servicio al presidente Batista, sus ministros
y consejeros que no han sabido mantenerse firmes frente a las presiones de la
prensa, la radio y la televisión. Creo que esta amnistía, tan imprudentemente
aprobada, traerá días, muchos días de luto, de dolor, de sangre y de miseria al
pueblo cubano, aunque ese propio pueblo no lo vea así en estos momentos.
Pido a Dios que la mayoría de ese pueblo y la mayoría de mis compañeros representantes aquí presentes sean los que tenga la razón.”
Precisamente a comienzos de julio de 2005, y gracias a los esfuerzos de los miembros del Congreso Federal Mario y Lincoln Díaz-Balart, e Ileana Ros-Lehtinen (otra congresista cubano-estadounidense), la Cámara de Representantes del Congreso de los EE.UU. rechazó, por 250 votos contra 169, una proposición de algunos congresistas encabezados por el legislador del Partido Demócrata Charles Rancel, encaminada a levantar el embargo comercial y financiero contra el régimen cubano, en vigor desde 1960.
Otra iniciativa legislativa, con vista a elevar el tope cuantitativo de número de viajes a Cuba por los cubano-norteamericanos residentes en los EE.UU. que tienen familiares en la Isla, fue igualmente derrotada por 211 votos contra 208.
Una tercera propuesta de enmienda a la vigente legislación de embargo, con vista a suavizar las restricciones a los viajes de naturaleza académica desde los EE.UU. a Cuba fue también rechazada por 233 votos contra 187.
Concluidas las votaciones, Lincoln Díaz-Balart dijo: “Nuestras victorias de hoy, que son derrotas de Fidel Castro, envían una clara señal de que no podrá haber normalización alguna de las relaciones con EE.UU. hasta que en Cuba todos los presos políticos sean liberados”.
Actualmente, se han suavizado considerablemente las restricciones impuestas por la normativa estadounidense respecto de las visitas a Cuba por parte de sus ciudadanos y residentes legales, así como los gastos conexos, ya que no hay limitaciones a la frecuencia y duración de dichos viajes, siempre que se trate de visitas a familiares cubanos cercanos, de periodistas y personal técnico y de telecomunicaciones de apoyo, de miembros de organizaciones religiosas, de estudiantes, profesores y personal que vayan a participar en actividades académicas, de profesionales que vayan a participar en encuentros y conferencias no relacionadas con el fomento del turismo o de otras actividades comerciales, y de los representantes comerciales de un productor o distribuidor de productos agrícolas o médicos.
PRIMER CENTENARIO DEL ESTABLECIMIENTO DE LOS HERMANOS DE LA SALLE EN CUBA (1905-2005)
por Roberto Soto Santana, antiguo alumno de la
Universidad Católica de Santo Tomás de Villanueva (Cuba)
El Instituto de los Hermanos de las Escuelas Cristiana o hermanos de la Salle, fue fundado por San Juan Bautista De La Salle, Patrono Universal de los Educadores, en Reims (Francia), en 1681. El Señor De La Salle revolucionó todo el sistema educativo de la época y dejó estos legados pedagógicos: los grados o niveles académicos, de acuerdo con las habilidades y logros de los estudiantes; el método de educación simultánea; la enseñanza en la lengua nacional en lugar del latín; y las escuelas normales o pedagógicas para la formación de educadores.
Los Hermanos de la Salle trabajan en más de ochenta países, dirigiendo centros de educación primaria, secundaria y universitaria. Son religiosos educadores, que profesan votos de pobreza, castidad, obediencia, servicio educativo a los pobres y promesa de vivir en comunión fraterna. No son sacerdotes y, por lo tanto, no dicen misa ni oyen en confesión.
Los primeros Hermanos De la Salle en llegar a Cuba, catorce en total, arribaron a La Habana el 10 de septiembre de 1905. Entre ellos estaba el Hermano Nymphas Victorino (apelativo primero reducido a Hermano Victorino y después, con cariñosa familiaridad para los futuros “federados” de Cuba, a “Vitico”).
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Hermano Victorino Fundador de la Federación de la Juventud Católica. |
El Hermano Victorino, cuyos nombres y apellidos civiles fueron Agustín Arnaud Pagés, había nacido en Onzillón, Francia, el 7 de septiembre de 1885. Llevó a cabo su apostolado en Cuba de 1905 a 1961 y murió en Puerto Rico el 16 de abril de 1966. Vivió el exilio en dos ocasiones: desterrado de Francia por la animosidad anticatólica avivada en aquella República a comienzos del siglo XX, y después de nuevo expulsado por el régimen comunista de Cuba, donde se había enraizado, tras más de cincuenta años de tesonero apostolado.
Su dedicación educativa comenzó en una casa de la calle Línea y D, en el Vedado, y después en otro edificio de la calle 13, en donde radicaría el Colegio De La Salle, del Vedado, y adonde pasó prácticamente el resto de su vida en Cuba.
En sus propias palabras, “Fuimos los primeros en Cuba en enseñar Contabilidad Bancaria; la gran mayoría de los graduados encontraban buen empleo en los distintos Bancos de La Habana”.
Fue fundador de varias organizaciones laicales: la Asociación de Antiguos Alumnos de La Salle en 1919; la Federación de la Juventud Católica en 1928; el Hogar Católico Universitario en 1948; y el Movimiento Familiar cristiano en 1953. Desde 1935 realizó tareas de evangelización por toda la Isla. En su nuevo destierro (comenzado el 22 de febrero de 1961), reorganizó la Asociación de Antiguos Alumnos de la Salle en Nueva York, Puerto Rico y Miami, sin dejar de dar orientación pastoral a los federados y a los miembros del Movimiento Familiar cristiano.
La iniciativa del Hermano Victorino de acaso la mayor trascendencia fue la constitución de la Federación de la Juventud Católica Cubana, que contó con la adhesión inicial de los delegados de catorce asociaciones de colegios católicos de La Habana. Como recordó en unos apuntes hechos en el año 1962, casi treinta y cinco años después, “Tenía 40 años cumplidos y, por lo mismo, había adquirido bastante experiencia sobre los problemas de la juventud...Se me habían desvanecido las primeras ilusiones y veía mejor las realidades...Me sentía con experiencia acerca de la juventud, pero no quería hacer una obra limitada, de capilla o de colegio, sino obra de la Iglesia, y pensé reunir a jóvenes de uno y otro sexo en una federación, previendo que con esa unión se lograba mayor perseverancia y mayor influencia para el bien”.
Al Hermano Victorino le había sido conferida en 1945 la máxima condecoración de la República de Cuba, la Orden de Carlos Manuel de Céspedes. También recibió, en 1951. el Doctorado Honoris Causa en Derecho por la Universidad Católica de Santo Tomás de Villanueva; en 1953, la Medalla Pro Ecclesia et Pontifice; y en 1955, La Legión de Honor de Francia. Galardones, por cierto, de los que nunca presumió.
A través de la Ley de Nacionalización de la Enseñanza, de 1961, fueron confiscados todos los establecimientos educativos de todos los niveles de enseñanza, religiosos o no, de paga o gratuitos. Desposeídos los Hermanos de La Salle de sus instituciones, y del mero derecho a ejercer la enseñanza, para el Hermano Victorino (en ese momento, con 76 años de edad) y para la práctica totalidad de los integrantes de la Obra lasallista en Cuba se inició un largo y penoso exilio.
Por iniciativa de los antiguos “federados” y los antiguos alumnos lasallistas de Cuba, a comienzos de 1990 el Visitador Provincial del Distrito de las Antillas, el Hermano dominicano Pedro Acevedo, comienza a recabar datos y testimonios del Hermano Victorino. Una Junta Coordinadora Pro Beatificación, formada al efecto por delegados de Europa, EE.UU., Puerto Rico y Cuba, acude al Vaticano con el objeto de presentar un informe al Postulador de las causas lasallistas. El 19 de enero de 1999, el Cardenal Aponte (Arzobispo de San Juan) solicita de la Congregación de la Causa de los Santos el permiso oportuno para presentar la causa de canonización del HermanoVictorino. El permiso es otorgado con fecha 30 de marzo de 1999. El Tribunal Examinador de la causa es designado por el nuevo Arzobispo de San Juan, Monseñor Roberto González ofm., el 22 de octubre de ese mismo año. El 8 de septiembre de 2000 dicho Tribunal fue juramentado, para que diese inicio a sus actividades. El expediente sigue actualmente en el Vaticano, en proceso de tramitación.
En Cuba, los Hermanos De La Salle que mantienen una representación testimonial allí vienen desarrollando desde diciembre de 2004 el siguiente programa conmemorativo del Centenario de su llegada a la Isla:
EN LA HABANA
DICIEMBRE 2004: Concurso de afiches y slogans referentes al Centenario.
ABRIL: Peregrinación al Cobre y Encuentro Lasallista
MAYO: Exposición de Memorias Lasallistas en el Centro de Jesús del Monte
Presentaciones del video-centenario
Misa Solemne de San Juan Bautista De La Salle
Banquete auspiciado por los ex-alumnos
Visita a las tumbas y a los antiguos Colegios
JUNIO-JULIO:
Recepción a los Superiores
Exposición de memorias lasallistas en San Juan de Letrán
Conferencia, o ciclo de conferencias
Concierto musical organizado por los jóvenes
Obra teatral preparada por los adolescentes
Concurso de la poesía lasallista a nivel infantil y juvenil
EN SANTIAGO DE CUBA:
23 de ENERO:
Inicio del AÑO DEL CENTENARIO
Charla: “Impronta de la presencia de La Salle en Santiago de Cuba”
Salón de la Catedral, 4 p.m.
Hno. Osvaldo Morales fsc y Lic. Antonio López de Queralta Morcillo
ABRIL: Encuentro y Peregrinación Nacionales al Santuario del Cobre
MAYO: Fiesta de S. Juan Bautista De La Salle
Exposición
JUNIO. VISITA DEL HNO. SUPERIOR GENERAL y otros Superiores
SEPTIEMBRE 14: Celebración del 100º aniversario de la Fundación
OCTUBRE: Concierto
DICIEMBRE: Fiesta de la Sagrada Familia: Clausura del Año.